Certificado de calificación energética

La Certificación Energética, o también designado Certificado de Calificación Energética, es obligatoria en toda construcción de obra nueva y en edificios existentes que se vendan o alquilen sea cual sea su antigüedad).

Los textos normativos que rigen la certificación energética son los siguientes.

- REAL DECRETO 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

- REAL DECRETO 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios existentes. 

¿Quién debe encargar el certificado?

El propietario será responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética del edificio.


¿Qué contiene nuestro certificado?


1 Identificación del edificio.  

2 Indicación del procedimiento utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética. Se incluirá la siguiente información:

  • Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.
  • Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética que le era de aplicación en el momento de su construcción, en caso de existir.
  • Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo, por el técnico certificador, durante la fase de calificación energética con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética.

3 Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.

4 Documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas, recomendadas por el técnico certificador, clasificadas en función de su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permitan, en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética obtenida mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética, si la calificación de partida.


¿Cuál es su periodo de validez?


El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años. Pasado este plazo, será necesario renovarlo.